La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) ya comenzó con el pago de los haberes según el calendario de pagos de abril 2023. Este pago no solo entrega el monto correspondiente a las prestaciones, sino que abona los pagos extra a los titulares según los beneficios disponibles y anunciados para este mes. Pero, esto no es todo, el organismo previsional permite que los interesados hagan la solicitud del servicio de internet gratuito.
Así es, todos los titulares de ANSES tiene la oportunidad de acceder a una conexión a Internet 100% gratuita. Lo cual facilita la realización de trámites desde el portal web oficial Mi ANSES. Por otro lado, también se mantiene vigente el programa “Conectar con vos”, que entrega tablets gratuitas a quienes las necesitan. Además, ANSES anuncia un nuevo cambio en los requisitos para cobrar la AUH.
¿Cómo puedo disfrutar del servicio de Internet gratis?
El internet gratis es ofrecido por medio del Programa de Conectividad que tiene por objetivo conectar de manera gratuita a los barrios populares del país. Si quieres disfrutar de este servicio es necesario tener la Prestación Básica Universal y Obligatoria (PBU), para ello sigue uno a uno los pasos que te explicamos continuación:
- Comienza descargando la Declaración Jurada que está disponible en el portal web oficial del gobierno: argentina.gob.ar
- Rellena completamente el documento.
- Una vez completo enviarlo a los encargados de prestar los servicios, usando los medios de atención que se han habilitado.
¿Quién puede disfrutar del programa Conectividad?
Este programa se ha creado para beneficiar a las personas que no tengan los recursos necesarios para pagar los planes de internet, servicios de telefonía fija, móvil y televisión por cable. Si cumples con estos requisitos y perteneces a alguno doce los siguientes grupos, puedes hacer la solicitud:
- Jubilados y pensionados con haberes mejores o igual a dos salarios mínimos. También se incluyen a los que son responsables de hijos entre 16 y 18 años.
- Trabajadores dependientes con remuneración inferior o igual a dos salarios mínimos, tambien con hijos entre 16 y 18 años.
- Titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y Asignación Universal por Embarazo, con sus hijos entre 16 y 18 años.
- Beneficiarios de las pensiones no contributivas con pago menor a dos salarios mínimos, con hijos entre 16 y 18 años.
- Monotributo Social y sus hijos entre 16 y 18 años.
- Trabajadores monotributistas inscriptos cuyo no sea mayor a 2 Salarios Mínimos Vitales y Móviles.
- Asegurados de desempleo.
- Beneficiarios del Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares, según la Ley 26.844.
- Becarios Progresar.
- Desocupados o los que se gana la vida con la economía informal.
- Beneficiarios de programas sociales y sus hijos de entre 16 y 18 años.
- Tambien se incluyen Clubes de Barrio y de Pueblo registrados por la Ley 27.098, Asociaciones de Bomberos Voluntarios definidas por la Ley 25.054 y entidades de Bien Público definidas por la Ley 27.218.