Las estafas están a la orden del día, es por ello que la ANSES ha recordado los requisitos necesarios para cobrar el bono de $18 mil de mayo y junio. Como requisito primordial debes saber que es necesario que ejecutes una inscripción y que este trámite es personal. Está dirigido a los trabajadores sin ingresos formales, monotributistas y empleados de casas particulares.
Los beneficiarios deben estar inscritos en la web oficial de la Administración para cobrar el bono que se pagará en dos partes: $ 9 mil en el mes de mayo y en junio los otros $ 9 mil restantes. Por otro lado, se ofrece un nuevo bono para jubilados ANSES de $ 12 mil, que se pagará de forma automática en un solo monto durante el mes de mayo.
Compatibilidad para cobrar el bono 2022
El bono de $18 mil que ofrece la ANSES corresponde al extra del refuerzo de ingresos y es completamente compatible con la Asignación Universal por Hijo, la Asignación por Embarazo, la prestación por Desempleo y con los planes alimentarios. También, es válido si formas parte del Registro Nacional de trabajadores de la Economía Popular.
Pero, toma en consideración que para lograr que el refuerzo llegue de forma efectiva a los hogares que más lo necesitan, la Administración hará un examen de la situación patrimonial, socioeconómica y de consumo de todos los posibles beneficiarios.
Actualización de los datos en la ANSES
Para optar por el bono extra de la ANSES es importante mantener todos tus datos actualizados. No solo hablamos de tu información personal, sino que todas tus relaciones familiares deben estar al día en los registros de la Administración.
Según el dato que debas modificar, deberás ingresar al portal Mi ANSES, llamar al 130 en el horario laboral o pedir un turno y visitar una oficina de la Administración.
Requisitos para completar el trámite
Para cobrar el bono debes cubrir ciertos detalles en la actualización de tus datos, lo cual es importante que hagas antes de la fecha de inicio de inscripción que será informada por los canales oficiales próximamente.
- Es necesario acreditar a los hijos. Para ello necesitarás la partida de nacimiento de cada uno de tus hijos. Si eres extranjero es importante que el documento este legalizado y/o apostillada, a menos que vengas de un paso en el que no sea requisito obligatorio, en el caso de que no está en español debe presentarse una traducción legalizada. También, debes presentar el DNI de los hijos y de los padres y en el caso de adopción debe presentarse la sentencia de adopción.
- Presentación de matrimonio, divorcio y separación. En cualquier caso, es importante que ofrezcas el documento legal que certifique el acto. Si el evento ocurrió en el extranjero debes presentar otros documentos como la partida de nacimiento y visado por el Consulado Argentino en el exterior, en el caso de no estar en español debe hacerse una traducción. También debe presentarse el DNI de los implicados.
- En el caso de divorcio vincular o separación personal, debes tener la mano la Sentencia y en el caso de separación de hecho, la declaración Jurada o Información Sumaria Judicial.
- Cuando hay convivencia o convivencia Previsional, se debe hacer la acreditación con la documentación que finalice la relación matrimonio o convivencia anterior, el caso de que este registrada.
- Cuando hay menores a cargo por la Asignación Universal por Hijo hay que presentar el DNI del joven y del familiar responsable. También hay que demostrar la consanguinidad y la convivencia.
- Si hay tutela legal es necesario el testimonio de tutela o certificado judicial y DNI del joven y del tutor.
- Toma en cuenta que la guarda es válida cuando el menor está a cargo de una persona física o institución, la tenencia legal y de hecho es cuando está a cargo de uno de los padres por sentencia por acuerdo entre ellos y la curatela se considera cuando el vínculo que se acredita es con un mayor de 18 años insano.