La jubilación es un derecho que se alcanza cuando se cumplen con ciertos requisitos. Cada país posee una legislación diferente en cuanto al trámite. La edad y la cantidad de años de trabajo varía, según el territorio donde te encuentres. En Argentina dependerá de la actividad laboral a la cual te desarrolles, y este trámite estará regulado por el organismo ANSES. Por ejemplo, si el interesado se dedica a trabajos de riesgos, insalubres y demás, tendrá requisitos específicos.
Pese a ello, la cantidad de años de trabajo y edad es estándar para los empleados regulares. Sean autónomos o dependientes. Las mujeres puede jubilarse con 60 años, mientras que los hombres con 65. Pero, en ambos casos se debe contar con 30 años, mínimo, de aportes. Si tienes dudas sobre el proceso de jubilación o cómo tramitarla, aquí vamos a explicarte. Además, te puede interesar cómo consultar tus años de aporte de manera online.
¿Cuáles son los tipos de jubilaciones que posee la Anses?
- Relación de dependencia: Para todos aquellos trabajadores que se desarrollaron en empresas.
- Monotributistas y Autónomos: Quienes trabajaron por su cuenta.
- Actividades especiales: Distintas actividades que dispongan de documentos específicos.
- Trabajo riesgoso o insalubre: Todos aquellos empleos que se realicen bajo condiciones de riesgo físico o dañino para la salud del empleado.
- Trabajadores con discapacidad: Aquellos empleados obligados a jubilarse por invalidez, discapacidad, ceguera y más.
- Prestación por edad avanzada: Va para aquellos trabajadores que tienen más de 70 años, pero no cumplen con los aportes previsionales.
- Prestaciones por Convenio Internacional: Para aquellos que hayan realizado aportes en países con acuerdos con Argentina.
- Jubilación para Ex Combatientes de Malvinas: Va destinado a los militares que se involucraron en la Guerra de Las Malvinas.
- Reconocimiento de servicios: Sentencia firmada por Anses en la cual reconoce ciertos aportes del trabajador.
- Moratorias previsionales: Trabajadores con la edad para jubilarse que no cuentan con los aportes necesarios.
¿Cuáles son los requisitos?
En Argentina hay distintos tipos de jubilaciones. Como ya hemos visto. Los requisitos y documentación dependerán de por cuál va a optar. Sin embargo, en el marco jurídico se establece requisitos estándar que, la mayoría debe cumplir:
- Haber trabajado por 30 años.
- Las mujeres deben tener 60 años.
- Los hombres deben tener 65 años.
¿Cuándo iniciar el trámite?
El trámite se puede comenzar desde el momento en el cual se cumplan los requisitos previos. O los que dicte la jubilación que corresponda. Si contás con los aportes, podés hacer la solicitud tres meses antes de que se cumpla la edad reglamentaria. Para certificar que los aportes sean los correctos, ingresá a Mi Anses.
¿Dónde se tramita la jubilación?
Todo dependerá de a dónde se realizaron los aportes. Si el ciudadano cotizó a Anses, entonces el trámite se realiza en la institución. Si lo en una caja provincial o municipal, será esta la sede. Lo importante es hacer el proceso en el organismo donde más se realizaron aportes.
En caso de que hayás hecho aportes en la caja municipal y necesitás que Anses los reconozca, entonces, tenes que hacer un Reconocimiento de servicios.
¿Cómo hacer el trámite?
Este trámite solo se hace de forma presencial. Para ello, lo primero es comprobar que se cuenten con los aportes requeridos. Posterior a ello, Es necesario consultar los datos. Esto, con la idea de que todos estén actualizados y en correcto orden. Ve a Mi Anses -Trabajo – Historia Laboral.
Finalmente, consultá los requisitos y documentos que correspondan, según tu tipo de pensión, reúnelos y entrégalos a Anses.
¿Qué tomar en cuenta para este proceso?
Antes de realizar el trámite, es importante tomar en cuenta estas recomendaciones:
- Los trabajadores que no completen la cantidad de aportes y se encuentren en relación de dependencia, podrán completarlos con aportes como autónomos o monotributistas, si fuese el caso.
- Para optar por la jubilación el interesado excede la edad requerida, puede cambiar los aportes con años. Esto se realiza de la siguiente forma: se cuenta un año de servicio por cada dos años de edad excedente. Para hacer este escenario más específico, te mostramos este ejemplo: Si un trabajador tiene 68 años, tres más de los solicitados por la ley, puede optar por la jubilación con 28 años de trabajo.
- En caso contrario, cuando se posee más de 30 años de trabajo, la pensión se eleva un 1% por cada año excedente. Esto, hasta llegar a la cifra de 45 años de aportes.