Todos aquellos jubilados que tengan en mente reincorporarse a la actividad laboral dependiente, deben considerar algunos detalles de la normativa vigente. Los empleados en relación de dependencia, al igual que los trabajadores particulares, pueden cobrar su jubilación de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) sin ningún tipo de limitación, solo que deben cumplir con un requisito ineludible.
Según las aclaratorias del organismo previsional, todas las personas jubiladas que comiencen de nuevo a trabajar tienen la obligación de comenzar de nuevo a hacer aportes y contribuciones previsionales, tal como lo hacían al ser trabajadores activos anteriormente, pero esto no ofrece la posibilidad de hacer reajustes, ya que los nuevos aportes no corresponden a la jubilación. Esto quiere decir que el 11 % del sueldo se descuenta como aporte al Fondo Nacional de Empleo. Por otro parte, debes saber que los titulares de la AUH ANSES recibirán una sorpresa en junio 2023.
¿Qué jubilados no pueden trabajar nuevamente en relación de dependencia?
Existe un grupo de beneficiarios que ANSES indicó que no pueden trabajar en relación de dependencia y recibir su jubilación al mismo tiempo. Entonces, si perteneces a alguno de los siguientes grupos de personas, debes saber que no puedes tener ambos ingresos:
- Jubilados por invalidez, con regímenes especiales, como tareas penosas, riesgosas o insalubres, y con subsidio complementario. Si este es tu caso, es posible que regreses a la actividad laboral autónoma, como contribuyente del Monotributo.
- Empleados de la administración pública nacional, provincial o municipal. En este caso no es posible recibir la prestación previsional. Es necesario elegir entre la jubilatorio o la remuneración como funcionario público.
¿Qué debo hacer para volver a trabajar después que ya me he jubilado?
Para comenzar a trabajar nuevamente es necesario gestionar una solicitud de manera presencial en las oficinas del Organismo Previsional. Para este tipo de trámite no se requiere solicitar un turno, puedes asistir directamente y declarar que necesitas una “Vuelta a la actividad”.
Solo debes considerar que antes de visitar la ANSES es necesario que acredites tus datos personales y familiares en la base de datos de la Administración, es decir, desde el portal web Mi ANSES.
También debes reunir la siguiente documentación:
- DNI.
- Recibo de cobro reciente.
- Formulario de Declaración de Reingreso a la Actividad. En este documento debe aparecer los datos del empleador y las firmas certificadas del titular y el empleador.
Cuando tengas todos estos documentos puedes visitar la oficina de ANSES más cercana a tu domicilio y hacer la gestión oficial.